Vender y alquilar
Alquilar una habitación a un estudiante extranjero
Llega un correo en inglés, la persona está a tres mil kilómetros y quiere reservar una habitación para septiembre. Ni verla ni conocerla. Estos son los papeles que puede enseñar, las garantías que tienen sentido y lo que no se puede hacer.
Qué documentación tiene según de dónde venga
- De la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo: su documento de identidad o pasaporte. Para quedarse más de tres meses, el derecho de residencia va ligado a estar matriculado en un centro reconocido, tener seguro de enfermedad y recursos suficientes.
- De fuera, para menos de noventa días: pasaporte y, si su país lo necesita, visado de estancia de corta duración. Noventa días como mucho en cualquier periodo de ciento ochenta.
- De fuera, para un curso entero: la autorización de estancia de larga duración por estudios que regula el reglamento de extranjería vigente desde mayo de 2025. Si esa autorización dura más de seis meses, tiene que pedir personalmente la tarjeta de identidad de extranjero en la comisaría dentro del mes siguiente a la concesión.
Traducción práctica: en septiembre muchos todavía no tienen la tarjeta. Que no la tenga aún no significa nada raro; el plazo es de un mes desde que se la conceden.
Lo que no se puede hacer
Cuando hay una oferta pública de alquiler, la ley de igualdad de trato prohíbe expresamente rehusarla, negarse a negociar o empeorar las condiciones por nacionalidad, origen racial o étnico, religión, lengua o situación socioeconómica. Y reconoce el derecho a la igualdad de trato con independencia de la nacionalidad y de si se tiene o no residencia legal. Filtrar por solvencia es una cosa; poner «sólo españoles» en un anuncio es otra.
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- Un avalista fuera de España suena bien y no vale casi nada: reclamarle desde aquí es caro y lento.
- Un garante con domicilio y nómina en España sí sirve, y muchas universidades y programas facilitan uno.
- Un seguro de impago exige requisitos de solvencia que un estudiante sin ingresos en España no cumple. Pregúntalo antes de contarlo.
- La garantía adicional pactada es lo más habitual: por escrito, con su nombre y su importe, nunca disfrazada de «fianza de tres meses».
El contrato y la reserva
Que el contrato lo entienda. Si hace falta, dos columnas o una traducción anexa, aunque el que valga sea el español. Y que diga con claridad la fecha de entrada, la de salida, qué pasa con los meses de verano y qué ocurre si finalmente no le dan el visado.
Sobre el dinero de reserva: pedirlo es normal, pero deja por escrito a qué se imputa y en qué casos se devuelve. Y por el lado de quien busca, la regla es vieja y sigue salvando dinero: nadie que tenga una habitación de verdad necesita cobrarla por transferencia urgente antes de que exista un contrato firmado.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.
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